Analiza SCJN sistema de control de confianza de Ley Orgánica del Poder Judicial de Jalisco

Dos jueces de primera instancia impugnaron el sistema normativo para su evaluación y permanencia.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión remota, determinó reasumir su competencia originaria para analizar la constitucionalidad del sistema de control de confianza de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Jalisco.

De acuerdo con un comunicado del máximo tribunal, los casos se vinculan a un par de jueces de primera instancia que impugnan el sistema normativo para su evaluación y permanencia.

Los demandantes plantean que, al ser ratificados sus nombramientos, adquieren inamovilidad en el cargo, por lo que al implementarse un sistema de control de confianza que la afecte se violan los principios de división de poderes, autonomía, independencia judicial y retroactividad, así como su derecho a la estabilidad en el empleo y seguridad jurídica.

La Sala determinó conocer los asuntos porque la Corte no se ha pronunciado sobre la conveniencia del establecimiento de sistemas de control de confianza para los juzgadores, ni sobre la forma en que estos sistemas pueden impactar en la independencia judicial, en las reglas para el acceso a ser juzgador, en la inamovilidad judicial y en el retiro de esos servidores públicos.

En consecuencia, la Segunda Sala reasumió su competencia originaria para conocer los amparos en revisión 266/2020 y 210/2020.

Tags: Jalisco, Poder Judicial, SCJN


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